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Ley Dodd-Frank

Declaración de la empresa BRAND GMBH + CO KG sobre el uso de «minerales de conflicto»

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El 22 de agosto de 2012, la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. adoptó las regulaciones finales para implementar
los requisitos de presentación y divulgación de información relativa a los «minerales de conflicto» conforme a lo dispuesto en la Ley Dodd-Frank
de reforma de Wall Street y protección del consumidor (Ley Dodd-Frank) del año 2010.

Las empresas registradas en la bolsa de valores de EE. UU. deben emitir un reporte anual acerca de si los
productos que fabrican o contratan para fabricar contienen minerales provenientes de zonas de conflicto que sean necesarios
para la funcionalidad o la fabricación de dichos productos. La finalidad de estas regulaciones es restringir el
comercio de minerales de conflicto que provienen de la República Democrática del Congo (RD Congo) o
de países limítrofes y financian o favorecen el conflicto violento actual en la RD Congo o un país
vecino.

Los minerales de conflicto en el sentido de la Ley Dodd-Frank (actualizado al 01/01/2013) son:

  • columbita-tantalita (coltán)
  • casiterita (tin)
  • wolframita (tungsteno)
  • oro
  • y sus derivados

BRAND, como empresa, no se encuentra sujeta a los requisitos de presentación y divulgación de información mencionados.

Ante los requisitos de la Ley Dodd-Frank, estamos trabajando con nuestros proveedores para rastrear los componentes de las materias primas
de nuestros productos y así determinar si se utilizan minerales procedentes de operaciones mineras o
de fundición no certificadas de zonas de conflicto en la fabricación de nuestros productos. No aprobaremos
el uso de minerales de fundiciones no certificadas de zonas de conflicto en nuestros productos. En
consecuencia, les solicitamos a nuestros proveedores que rastreen que los componentes materiales de los productos suministrados
provengan de fundiciones certificadas libres de conflictos y nos provean la documentación relativa a sus esfuerzos de diligencia
debida. Les solicitamos a nuestros proveedores que nos entreguen componentes, partes o productos
que contengan minerales identificados como libres de conflicto.
Las cadenas de suministro y las rutas por las cuales se comercializan y venden estos minerales de conflicto son muy complejas.
Todos los proveedores que pueden estar afectados respondieron a nuestra solicitud relativa a los minerales de conflicto. En la
actualidad, no hay información acerca de que minerales de conflicto originados en los países en cuestión estén siendo utilizados
en nuestros productos.


En caso de dudas, con gusto puede contactar con nosotros (regulatory@brand.de / https://www.brand.de/en/compliance/dodd-frank-act-statement/).

 

Wertheim, 10 de marzo de 2020

BRAND GMBH + CO KG